Conoce las nuevas disposiciones de convivencia social en el ámbito laboral

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El Poder Ejecutivo dispuso este domingo nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, considerando las variantes del covid-19 y el avance de la vacunación en el país.

EJECUTIVO DISPUSO NUEVAS MEDIDAS PARA EL RESTABLECIMIENTO DE LA CONVIVENCIA SOCIAL

En el ámbito laboral, específicamente, estableció que toda persona que realice actividad laboral presencial, debe acreditar su esquema completo de vacunación contra el covid-19, siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú como en el extranjero.

Determinó, asimismo, que en el caso de los prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con el esquema completo de vacunación, deben prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto.

Sin embargo, señala que cuando la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto, se entenderá producido el supuesto de suspensión del contrato de trabajo, sin goce de haberes, de conformidad con el primer párrafo del artículo 11 y el literal ll) del artículo 12 del Texto Único Ordenado (TUO) del decreto legislativo (DL) 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, salvo que las partes acuerden la suspensión imperfecta del vínculo laboral.

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Se fija que mediante resolución ministerial, el Minsa, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), puede establecer supuestos de excepción y disposiciones complementarias; y se establece que es obligación del empleador verificar el cumplimiento de las disposiciones señaladas.

 

 Sector público

La norma señala que para el caso de los trabajadores del sector público que no cuenten con el esquema completo de vacunación, es de aplicación lo dispuesto en la única disposición complementaria final del decreto de urgencia (DU) 055-2021 y las disposiciones complementarias que emita el Minsa, en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil.

Se determina que la verificación del carné físico o virtual que acredite el cumplimiento del esquema completo de vacunación y la dosis de refuerzo en el Perú y/o el extranjero, debe realizarse conjuntamente con algún documento oficial de identidad.

La medida se dispuso mediante decreto supremo (DS) 016-2022 de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), publicada ayer en el diario El Peruano, que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia del covid-19 y fija nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social.