Sepan además a quiénes les toca y de cuánto es el monto de dichos bonos
En los meses de julio y diciembre, los jubilados de la Ley 19990 recibirán un pago extraordinario (gratificación), equivalente a una pensión adicional, que es una bonificación estipulada en el Sistema Nacional de Pensiones.
Este beneficio lo reciben los pensionistas de jubilación, discapacidad, viudez, orfandad y ascendencia del régimen 19990 del régimen general, es decir, que han aportado 20 años o más al Sistema Nacional de Pensiones.
Para los pensionistas que reciben mediante el abono en cuenta, el pago de la gratificación se realiza en la misma cuenta bancaria en la que habitualmente cobra su pensión cada mes.
En los meses de julio y diciembre recibirán las dos bonificaciones en las siguientes fechas, de acuerdo con la Resolución Viceministerial Nº 005-2024-EF/11.01, publicada en el Diario Oficial El Peruano, que aprueba el Cronograma Anual Mensualizado para el pago durante el Año Fiscal 2025 de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la Oficina de Normalización Previsional (ONP):
- Lunes 7 de julio y viernes 5 de diciembre: los pensionistas con apellidos paternos de A a C.
- Martes 8 de julio y miércoles 10 de diciembre: los pensionistas con apellidos paternos de D a L.
- Miércoles 9 de julio y jueves 11 de diciembre: los pensionistas con apellidos paternos de M a Q.
- Jueves 10 de julio y viernes 12 de diciembre: los pensionistas con apellidos paternos de R a Z.
¿Quiénes no reciben gratificación? El reglamento que adecua las pensiones proporcionales (Decreto Supremo N°282 artículo 58 numeral 3) señala que, los pensionistas y beneficiarios (cónyuges, convivientes e hijos) de una pensión proporcional perciben únicamente como pensión doce (12) cuotas mensuales al año, no correspondiendo los pagos adicionales de julio y diciembre.
Reciben pensiones proporcionales quienes han aportado entre 10 y menos de 20 años al Sistema Nacional de Pensiones. Estos pensionistas tienen acceso a un ingreso económico y seguro de salud de por vida, además de una bonificación por edad avanzada al cumplir 80 años.
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¿Cómo se determina el monto de la ‘grati’?
La gratificación es la suma de su pensión inicial y de otros ingresos que tienen carácter pensionable. Si todos los conceptos de ingreso tienen carácter pensionable el importe de la pensión y gratificación será el mismo. En la constancia de pago de la pensión, se puede verificar los conceptos que tienen carácter pensionable y conforman la pensión adicional o gratificación.