EJECUTIVO APROBÓ EL REGLAMENTO QUE AUTORIZA EL RETIRO TOTAL O PARCIAL HASTA EL 31 DE DICIEMBRE
El Ejecutivo aprobó el domingo último el Reglamento de la Ley Nº 32027, el cual autoriza a los trabajadores el retiro total o parcial de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), a fin de que pueda ser un apoyo para cubrir las necesidades que se tiene por la crisis económica que vive el país.
Es importante que conozcas el paso a paso para acceder a este fondo que tu empleador que, de acuerdo a ley, ya debió depositar en tu cuenta CTS. Es importante recalcar que dicho beneficio tan solo aplica para los trabajadores formales y en planilla.
- Comunica con tu empleador directo o, si corresponde, con el departamento de Recursos Humanos de tu lugar de trabajo para obtener el número de cuenta y el banco donde se encuentra depositada tu CTS.
- Puedes comunicarte a través de una llamada telefónica, por banca en línea, o visitando personalmente la entidad bancaria. Te pedirán tu número de DNI para validar tu identidad y proporcionar la información sobre el estado de tu cuenta CTS.
- Decide cuánto deseas retirar. Puedes optar por un retiro total (100 %) o parcial, hasta el 31 de diciembre.
- Puedes realizar el retiro en efectivo o usar un cajero automático con tu tarjeta de débito. Esta última opción es posible solo si tu cuenta de ahorros está vinculada a la cuenta CTS. Si no es así, deberás solicitar a tu banco que las vincule.
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No habrá normativa adicional para retiro de la CTS
Al igual que en junio del 2022, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió un comunicado oficial en el cual señala que ellos no emitirán alguna normativa adicional para la disposición de la CTS.
Esto quiere decir que ninguna entidad del sistema financiero podrá dar alguna excusa para no atender las solicitudes de retiro de acuerdo con lo establecido en el referido reglamento y desde la fecha de su entrada en vigencia.