Hasta por más de 12 mil soles para pagos de impuesto a la renta. Plazo para acogerse a beneficio es hasta este mes
Los trabajadores dependientes (planilla) e independientes (recibos por honorarios), además de deducir 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) para el pago de Impuesto a la Renta (IR), pueden considerar los gastos de alquiler de viviendas e intereses de créditos hipotecarios hasta por 3 UIT adicionales, es decir 12.450 soles.
En ese sentido, un trabajador podrá compartir este beneficio de la deducción de gastos de alquiler con su cónyuge o concubino en un 50%, siempre y cuando se comunique a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) esta decisión a través de su página web.
Asimismo, los gastos por intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda efectuados en copropiedad se consideran asignados a la persona que se le emitió el comprobante de pago, salvo que se comunique a la Sunat que se asignará la cuota correspondiente a cada uno de los propietarios de la vivienda.
El plazo de la comunicación es hasta el 15 de febrero y se realiza a través de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe), ingresando a la opción “Uso de la atribución de comprobantes” de la plataforma de deducción de gastos de personas naturales, con el RUC, usuario y contraseña o DNI y contraseña.