Tanto para régimen AFP o del Sistema Nacional de Pensiones
Mucha atención con esta nota. Todo afiliado a una AFP o al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) puede recibir una pensión de invalidez en caso se vea imposibilitado de desarrollar sus actividades laborales a causa de una enfermedad grave o accidente.
La condición de invalidez depende del grado de deterioro de la persona, es decir de cuánto una enfermedad o accidente afecte su capacidad de trabajo, pues según ello recibirá una pensión parcial o total por invalidez.
Sepa cómo se tramita dichos beneficios y los pagos dependiendo el régimen en que se encuentre.
AFP
El afiliado a una AFP tendrá la cobertura de este seguro si al menos aportó durante los cuatro meses anteriores a los últimos ocho en los que obtuvo la condición de invalidez por accidente o enfermedad.
Otro requisito indispensable son las evaluaciones médicas preventivas pues revelan el grado de menoscabo que presente el afiliado.
En caso de que la invalidez afectara más del 66 % de su capacidad de trabajar, la pensión será el 70% de su sueldo.
El cáncer de mama es la causa de invalidez más frecuente entre las mujeres, mientras que en los hombres, los problemas en la columna vertebral por cargar peso o tener mala postura. Sin embargo, uno y otro género comparten la ceguera y la diabetes como otras causas de invalidez.
SNP
El monto de la pensión mensual de invalidez en el Sistema Nacional de Pensiones (DL 19990) será igual al 50% de la remuneración o ingreso de referencia del titular, no pudiendo exceder en ningún caso el monto máximo de pensión que se otorga en este régimen (actualmente a S/. 857.36). Si el asegurado con invalidez requiere el cuidado permanente de otra persona, se le otorgará además de su pensión de invalidez, una bonificación mensual.
Si al producirse la invalidez, el asegurado tuviera cónyuge a su cargo y/o hijos en edad de percibir pensión de orfandad, el monto de la pensión de Invalidez se incrementará en un porcentaje comprendido entre el 2 y 10 % de la remuneración.
Los requisitos para acceder a este bono es haber aportado por lo menos 12 meses, Certificado Médico de invalidez (expedido por una Comisión Médica), DNI vigente y documentos que acrediten la relación laboral con el empleador (Certificado de trabajo, boletas de pago, etc).
El solicitante deberá presentarse en cualquiera de los Centros de Atención de la ONP de su distrito.