Triple pago para los que trabajen en Semana Santa

0
1178
Trabajadores
Trabajadores

Conforme al Decreto Legislativo 713, los trabajadores del sector público o privado que laboren en día feriado por Semana Santa (jueves 29 y viernes 30 de marzo), sin descanso sustitutorio en otro día, tendrán derecho a percibir tres remuneraciones diarias, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL). En efecto, el artículo 8 del Decreto Legislativo 713 establece que los trabajadores tienen derecho de percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo.

Asimismo, el artículo 9 del referido decreto dispone que si el trabajador labora en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día, tiene derecho al pago de la remuneración diaria más una sobretasa del 100%.