Congreso propone formalizar colectivos en Lima y Callao

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La formalización del transporte de pasajeros a través de autos colectivos en Lima Metropolitana y Callao podría ser una realidad de ser aprobado el proyecto de ley que busca dicho objetivo. Se trata de la iniciativa legislativa N° 04909/2022-CR, de la bancada Perú Libre y cuyo autor es el congresista Segundo Montalvo.

LA NORMA ACTUAL PERMITE FUNCIONAMIENTO DE ESTOS VEHÍCULOS SÓLO EN PROVINCIAS

La propuesta busca modificar la sexta disposición complementaria de la Ley N° 31096, Ley que precisa los alcances de la Ley N° 28972, Ley que establece la formalización del transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos.

De esta manera, los transportistas de las unidades de clasificación vehicular M1 y M2 quedarán autorizados para prestar el servicio de transporte de pasajeros en colectivos en las referidas jurisdicciones de manera formal.

Vale destacar que actualmente la Ley 28972 precisa que la formalización de automóviles colectivos es de aplicación a nivel nacional a excepción de Lima Metropolitana y el Callao.

El proyecto de ley también encarga al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y a la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) que, en un plazo de 30 días naturales, formulen y aprueben el Plan de descongestionamiento de transporte público interprovincial de Lima Metropolitana y de la Provincia del Callao.

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En dicho plan debe considerarse el plazo prudencial de un año para que las empresas interprovinciales de transporte terrestre de pasajeros y carga, quienes vienen ejerciendo sus actividades en Lima Cercado, en el distrito de La Victoria y otros distritos colindantes, sean reubicados en ubicaciones geográficas de los distritos de Lima Sur, Lima Norte según corresponda, con la finalidad de descongestionar el tránsito vehicular y peatonal, promoviendo el orden público, el cuidado del medio ambiente y la salud pública en Lima Metropolitana.

Asimismo, se encarga al MTC para que en coordinación con la Superintendencia de transporte terrestre de personas, carga y mercancías (Sutran) dicten las medidas reglamentarias necesarias en un plazo de 30 días naturales.

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