A SACAR EL 100% HASTA EL 2026 Y EL 50% DESDE EL 2027
Con la aprobación del dictamen en el Pleno y después de la promulgación de dicha norma por el Gobierno, los trabajadores no sólo podrán retirar el 100% de sus fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre del 2026, sino que también puedan acceder siempre (inclusive luego del 2026) al 50% de la CTS sin condiciones. Asimismo, en caso tuvieran un enfermedad grave podrán sacar el 100% de los fondos.
“Se modifica el artículo 42 del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios” con los siguiente cambios:
El trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda el 50% de los mismos.
El trabajador en caso de ser diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador, podrá efectuar, en cualquier momento, el retiro del 100% de su depósito CTS e intereses acumulados. El cálculo se efectúa a la fecha en que el trabajador solicita el retiro total”.
Es decir, ahora que la norma —si la presidenta Dina Boluarte no la observa— entre en vigencia en mayo, justo luego del primer depósito de la CTS del año, los trabajadores podrán retirar el 100% del dinero que guarden en sus cuentas CTS hasta el 31 de diciembre de 2026. Pero a partir del 1 de enero de 2027, se podrá también realizar retiros parciales, del 50% del monto que se guarde. Y, además, en caso de que se acredite un diagnóstico de cáncer o enfermedad terminal, el trabajador podrá retirar todo el 100% del monto otra vez.
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De esta manera, el retiro CTS espera a la aprobación de Boluarte, pero no solo permitirá un acceso a los fondos hasta el 2026, sino que a partir del 2027 en adelante los trabajadores tendrán acceso a la mitad de sus fondos siempre.