Y A QUIENES CUIDEN A HIJOS CON DISCAPACIDAD, SEGÚN LO APROBADO EN COMISIÓN DE TRABAJO
La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó un dictamen que modifica la Ley de Teletrabajo y establece que este régimen será obligatorio para trabajadores con discapacidad o que cuiden a hijos con discapacidad, siempre que presenten sustento documentado.
El dictamen modifica el artículo 6 de la Ley N.° 31572 para que el empleador no pueda rechazar la solicitud de teletrabajo de quienes se encuentren en estas condiciones. A diferencia del régimen general, en estos casos no será necesario el consentimiento del empleador.
La medida busca garantizar igualdad de oportunidades y facilitar el ejercicio del rol de cuidado. Según el Congreso, se trata de un enfoque de protección reforzada hacia quienes enfrentan barreras estructurales en el acceso al empleo.
El cambio aprobado mantiene el carácter voluntario del teletrabajo para los demás trabajadores, pero introduce esta excepción como una obligación para los empleadores, si la solicitud está debidamente justificada.
El abogado laboralista César Puntriano advirtió que la norma podría generar críticas por excluir a otros cuidadores, como personas que atienden a adultos mayores, viudos o divorciados. Consideró que el beneficio debería ampliarse.
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Si el dictamen es aprobado por el Pleno, marcará un precedente legal al establecer el teletrabajo como un derecho en casos específicos, con implicancias sociales y organizativas en el ámbito laboral peruano.