Aprueban suspensión temporal de la presidenta Boluarte

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Dina Boluarte
Dina Boluarte

POR INCURRIR EN ABANDONO DE SUS FUNCIONES AL SOMETERSE A CIRUGÍAS ESTÉTICAS

La Comisión de Fiscalización del Congreso de la República aprobó un informe preliminar que propone la suspensión temporal de la presidenta Dina Boluarte, al considerar que incurrió en abandono de sus funciones al someterse a cirugías estéticas sin informar previamente al Legislativo. La votación resultó en 12 votos a favor y uno en contra.

El informe establece que la mandataria habría incumplido los artículos 114, 115 y 118 de la Constitución peruana, que regulan los procedimientos en casos de incapacidad temporal del jefe de Estado. Según los hallazgos de la comisión, liderada por el congresista Juan Burgos, Boluarte habría permanecido internada en la clínica de Mario Cabani durante “dos días y una mañana”, además de haber requerido un descanso médico de entre 7 y 12 días tras las intervenciones quirúrgicas.

La comisión evaluó si esta ausencia configuraba una infracción constitucional, ya que durante ese período no se activó el mecanismo de sucesión presidencial establecido en el artículo 115, que dispone que, en caso de impedimento temporal o permanente del presidente, el primer vicepresidente debe asumir sus funciones. La falta de este procedimiento podría haber infringido los artículos 114, 115 y 118, que regulan las responsabilidades presidenciales.

Además, se consideró que Boluarte podría haber incurrido en infracciones penales, como el presunto delito de omisión de funciones, al no informar al Congreso sobre su situación médica ni la posible afectación a sus responsabilidades. Esta omisión habría impedido la activación de los mecanismos institucionales correspondientes.

A partir de los detalles presentados, se infiere que la presidenta no habría ejercido sus funciones presidenciales entre el 29 de junio y el 9 de julio de 2023. Esta situación ha generado controversia pública debido a la falta de claridad sobre los hechos, lo que ha llevado a especulaciones sobre su alejamiento de las funciones durante ese período.

 

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Según el informe, estas infracciones constitucionales y legales podrían tener graves consecuencias políticas para la presidenta. En primer lugar, la omisión en comunicar su incapacidad al Congreso vulneró el principio de continuidad del gobierno. Además, la falta de transparencia podría interpretarse como un incumplimiento de sus deberes constitucionales, establecidos en el artículo 118, que exige que la máxima autoridad actúe con responsabilidad y claridad.

Finalmente, si la presidenta ocultó información sobre su incapacidad para evitar la activación de la sucesión temporal, estaría violando el principio de moralidad pública, lo que justificaría un juicio político en el Congreso y pondría en riesgo su permanencia en el cargo.